miércoles, 30 de enero de 2008

TAREA Nº 1

ALUMNOS : SE LES SOLICITA LEER EL TROZO Y DEBATIR EN CONJUNTO CON LOS COMPAÑEROS A LO MENOS 1 VEZ.
ARTICULO ESCRITO POR MARGARITA VEAS –ABOGADO –ALUMNA DEL DIPLOMADO DE MEDIACIÓN FAMILIAR –UNIVERSIDAD ARCIS.

Hay facultades de derecho que han comenzado a reflexionar acerca de un nuevo perfil del abogado, pues ya no se requiere sólo tener una noción confrontacional de la acción y el litigio. Por lo tanto, ha de ponerse énfasis en un abogado asesor, consultor, negociador, mediador ene las situaciones de conflicto que se produzcan entre los individuos. Esta necesidad tiene que ver con el crecimiento y modernización del Estado; y junto a este aliento modernizador, surge un aliento de empoderamiento de los ciudadanos, por la desconfianza en el estado, que nace de la eneficiencia del aparato administrador de justicia. Nace la capacidad de los individuos o grupos de individuos de hacerse cargo y dueño de sus propios conflictos, como así de las soluciones de ellos.

La modernización del Estado, como el hacer ejercicio efectivo de una democracia, han llevado a la sociedad a considerar la posibilidad de devolver a las partes, formas para que busquen nuevas vías de resolución de sus propios conflictos sin necesidad de la presencia del juez; o estar frente a un juez negociador.

Adaptando el cambio de rumbo en materia procesal, es que los operadores del derecho deben ir manejando las relaciones con sus clientes, de tal forma que sean las mismas partes quienes sean dueños de la solución de sus disputas. Ya no se trata de administrar los conflictos de sus clientes y/o confiar como único ente capaz y eficiente de defender los conflictos e intereses.

La formación académica tradicional del abogado, define un rol profesional que le otorga capacidades y destrezas para luchar y vencer a la parte contraria. En la actualidad se visualizan cambios que incorporan el estudio y preparación de métodos alternativos de resolución de conflictos. Temas que permitirán redefinir el perfil del abogado litigante, hacia un desempeño más amplio que considere otras categorías, como por ejemplo abogado asesor, abogado negociador y abogado mediador.

Lo normal ha sido el proceso judicial para resolver conflictos y en que no ha existido un espíritu negociador ni colaborativo entre las partes. A diferencia en que el proceso de Mediación es voluntario, por lo que ambas partes deben consentir y participar activamente en la resolución del conflicto, en donde el mediador profundiza en los intereses reales de las partes en conflicto, facilitando la comunicación a través del diálogo, expresión de emociones a fin de ir dilucidando los aspectos de las disputas.

Sin embargo, en el litigio o Juicio el juez ordenará a las partes a actuar conforme a derecho, por tanto, separando emociones y afectos.

La Mediación en cambio, aborda en forma integral y desde una perspectiva interdisciplinaria a fin de optar y/o llegar a una mejor forma de resolución.

La Mediación pone énfasis en el futuro, lo cual conlleva a que las partes sigan relacionándose de mejor manera ya que la Mediación promueve una relación armónica a diferencia en que el litigio muchas veces transforma a las partes en adversarios o enemigos.

El Juicio se basa y pone énfasis en el pasado, tratando de probar los hechos controvertidos, la Mediación lo hace con una visión de futuro y respetando llegar a equivalencias mutuas y de compromiso y respeto con los terceros involucrados.

El Juicio termina por una sentencia, dictada por el juez o equivalentes jurisdiccionales, desistimiento, abandono del procedimiento, retiro de la demanda, etc. Por su parte el proceso de Mediación termina con acuerdos de las partes, en que han aceptado respetarlos, pues se han comunicado y se han escuchado, han sido escuchados.

Hay otro elemento importante referido a la habilidad del Mediador para conducir el proceso: crear opciones, realizar entrevistas, sugerir asesorías de otros profesionales, etc. Por el contrario el juez se rige por una estructura como es , interpretar la ley en el caso.

Un elemento fundamental que establece en nuevo proceso civil, es la audiencia de conciliación, instancia obligatoria en casi todos los juicios y en donde se establece y recomienda para algunas materias La Mediación.

Es en este nuevo escenario en que la ley intenta reflejar el espíritu de renovación social, surge la exigencia de readecuar el perfil y repensar la misión del abogado.
Esto es como abogado asesor, resolviendo y asesorando a sus clientes, es decir a uno o ambas partes en el proceso de mediación. Debe actuar como abogado mediador o negociador a nombre del cliente.


Por lo tanto la formación profesional ya no es muy adecuada a los nuevos avances, se requiere reformular el papel de los abogados, ya que la mediación deja el poder de decisión frente a un conflicto en manos de las personas en conflicto, pues el abogado mediador interviene como tercero, imparcial y neutral, que carece de poder de decisión y está habilitado para ayudar a las partes a alcanzar voluntariamente el arreglo mutuamente aceptables por las partes en los temas sometidos a mediación.

7 comentarios:

Jóvenes Rancagua dijo...

Hola compañeros
Para comentar deben hacer click en COMENTARIOS y leugo ingresar su dirección de correo electrónico gmail.

laura peñaloza dijo...

Al pareceer, el tema de la mediaciòn està entrando de forma definitiva como una herramienta muy eficaz en la resoluciòn de conflictos en la diferentes àreas del conocimiento, fundamentalmente en las disciplinas de las ciencias sociales.
Tal como lo plantea la alumna, Margarita Veas, la modernizaciòn del estado implica siempre la necesidad de buscar eficiencia en las tareas que le competen, entregando, a travès, de los òrganos encargados de operacionalizar las politicas pùblicas una atenciòn de calidad al ciudadano de a pie, en este contexto, es urgente, replantearse el rol del abogado en el ejerccio del proceso judicial.
Tambièn, la necesidad de empoderamiento de los ciudadanos en torno a crear movimientos de caracter asociativo en la sociedad civil cuyo rol es eminentemente de control social, generando o empujando nuevas formas en el ejercicio de la democracia.
Lo dijo Chinino Romàn, en Graneros, a un dìa del mes de febrero de 2008.

Jóvenes Rancagua dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Jóvenes Rancagua dijo...

LAURA DICE

¿Un cambio de paradigmas?

el articulo nos lleva a reflexionar de la importante que es educarnos
y educar a todos los chilenos para que reconozcan la mediación como
una herramienta útil, rápida, mas económica, y que el proceso es
personalizado .siento que el estado por primera ves piensa en
alternativas que descongestionen los tribunales con casos menos
complejos pero el poder judicial ha querido reflejar su interés
social.
Los tribunales buscan una sola verdad en el proceso. En tanto "los
mediadores" crear opciones, entrevistan, pone énfasis en el futuro,
los mediadores les entregan herramientas para una relación armónica,
la mediación es voluntaria por ambas partes papel esencial que juega
una adecuada justicia para todos
Justicia está, En un proceso de reforma legislativa que apunta hacia
cambios centrales. Una Justicia adecuada debe reconocer que sus
mecanismos de imposición Y uso monopólico de la fuerza deben usados
con cautelaría ya que los mediadores utilizan otras herramientas el
escucha activo esto sirve para ver las necesidades del conjunto
1. Por otra parte, el lenguaje, los discursos, crean realidad.
2. La manera de comprender una situación de conflicto se determina por
la forma como los clientes relatan y, con ello, "Construyen" el mundo
al que aluden.
3. Existe espacio suficiente para una integración. Un acuerdo
aprobado ¡ diestramente!
Cuando digo que "mediación" no es conocido no quiero Decir que los
jueces o los funcionarios de los tribunales no sepan qué es la
mediación, Sino que, en general, no ha habido una "cabal acogida y
cobertura en los medios de comunicación, revistas diarios etc. Para
que estén al tanto de los mecanismos utilizados en mediación"
Con esto no digo una novedad, sino una opinión bastante compartida,
que los aspectos claves que hay que pulir en la mediación
culturizarse. Tanto la cultura interna como externa de los
profesionales: jueces, mediadores, funcionario administrativos de los
tribunales y funcionarios de las oficinas de mediación, todos ellos
deben aprehender y comprender el propio lugar y el de los demás
actores en un sistema integrado a la justicia. Es decir, el saber, la
certeza y la intimidad de la población eventualmente usuaria, en
cuanto a que tiene a su disposición y puede recurrir a instituciones
que le brindarán Los servicios que necesiten este punto se requiere
todavía un gran esfuerzo De difusión que se encuentra pendiente,
responsabilidad prioritaria de las políticas públicas y privadas del
Estado con la contribución de centros académicos,
La complementariedad total entre mediación y jurisdicción debe
prepararse y Practicarse desde ya.

LAURA PEÑALOZA

Jóvenes Rancagua dijo...

La priemra impresion que me dqueda despues de leer el testo es que estamos muy lejos de romper las barrera las culturales que hoy nos atan a sistemas retrogrados pero que a muchos le han servido para marcar diferencias sociales.
¿ alcanzaremos algún dia el cambio de mentalidad necesario para que el sistema de mediación pase a ser lo natural y no la excepción?
Si en Justicia han debido hacerse tantos esfuerzos y elyes para imponenr el sistema , me imagino lo que se nos viene en educación, donde los vicios del sistema llegan a su expresión máxima.
No vaya a pensar alguien que con esto no comparto la idea de la mediación como una alternativa válida en la resolución de conflicto, muy por el contrario sólo quiero hacer ver la realidad que hoy tenemos y contribuir desde don de se pueda a cambiar los paradigmas que hoy tan corruptamente manejan la sociedad.
PABLO

laura peñaloza dijo...

de cualuier otra carrera creeria un cambio de paradigma,menos de la de derecho.

jonathan

laura peñaloza dijo...

Con las nuevas tendencias de la integración de las disciplinas, no esta de sobra decir que: en lo el caso de los abogados no es la excepción, si observan que hay mejores formas de solucionar los problemas existentes, por que no tomarlas, y si es a través de la mediación, aun mejor ya que el abogado ya no solamente se ve como tal, pasa hacer una persona capas de trabajar con un equipo multidisciplinario con el cual se busque entregar un apoyo sistémico al cliente.

Cuanto efectivamente se puede lograr en la sociedad actual, que un abogado aplique la mediación como un instrumento de resolución de problemas, si las partes buscan un profesional para que les garantice lograr el máximo de ganancia en el conflicto?.

El paradigma actual, indica que los problemas o conflictos, especialmente familiares, llegan a instancias legales cuando esta situación los supera, y no son capaces de resolver éstos, por si mismos.

Para que se reconozca al abogado como mediador, las personas involucradas deben, conocer primero que significa esta nueva disciplina y como se aplicará en el conflicto, sin embargo y producto de la realidad en tribunales y lo limitados del tiempo que se utiliza en los casos, en primera instancia es difícil que se puede ejercer con efectividad la mediación y la abogacía, es más factible que en un comienzo se tenga la capacidad de trabajar en equipo, el cual busque y ayude a las partes involucradas a lograr la mejor solución del conflicto, causando el menor daño posible.

Cambiar un proceso que lleva siglos en la memoria colectiva, como es el legal y que ha tenido la función de litigar, y que esta estigmatizado en esencia como confrontacional; a uno amigable y que ayude a las propias personas a buscar solución a sus problemas, sin embargo, éstas acuden a estos profesionales, y buscan que sean ellos quienes le solucionen los conflictos, por tanto, lograr el cambio de la memoria colectiva, es un trabajo que necesita de capacitación permanente, y tiempo, porque en esencia es cambiar un paradigma.




Maria Elizabenth Segovia Muñoz